"... b) A pesar de que el casacionista da un listado de cuatro medios de prueba denunciados, no desarrolla una tesis para cada uno de ellos en las que exponga de qué forma la Sala sentenciadora incurrió en el yerro denunciado, pues si bien enumera los documentos auténticos que cuestiona, nunca se pronuncia respecto a ellos de forma individualizada, y en su tesis únicamente ataca el formulario de rectificación de la Declaración del Impuesto Sobre la Renta, cuando por el carácter eminentemente técnico del presente medio de impugnación debió realizar razonamientos respecto a cada medio probatorio de forma específica e individual, a efectos de proporcionar elementos de juicio suficientes al Tribunal de Casación..."